En el día de hoy se ha publicado en el BOE el RDL 15/2020 que introduce una serie de novedades laborales, las mas destacadas son las siguientes:
- Derecho a desempleo en caso de que la relación laboral se haya extinguido por no superación del periodo de prueba tras el 9 de marzo. (en caso de no tener derecho al mismo, es decir cuando el empleo anterior hubiera finalizado por causas no voluntarias y al menos tres meses antes)
- Derecho a desempleo en caso de que el trabajador haya causado baja voluntaria en una empresa tras el 1 de marzo para incorporarse a otra empresa, si esta ultima ha desistido de la incorporación a causa de la crisis del COVID-19
- Derecho a desempleo en caso de no llamamiento de los fijos discontinuos
- Ampliación de los supuestos en los que es posible tramitar un ERTE por fuerza mayor para cubrir caídas significativas de actividad en aquellos sectores considerados esenciales que también han visto reducidos sus ingresos. Se permite afectar en el ERTE al personal que realice actividades no esenciales dentro del ámbito de organización de una empresa que si tiene por objeto una actividad esencial.
- Se facilita el acceso a la prestación por cese de actividad a aquellos Autónomos que no estuviesen adscritos en la fecha de declaración del estado de alarma a una Mutua. Para ello el Autónomo deberá solicitar la prestación ante la Mutua que escoja quedando adscrito a ella.
- Se prorroga dos meses mas el carácter preferente del teletrabajo así como el derecho de adaptación de horario y reducción de jornada.